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domingo, 18 de abril de 2010

Garzón 2ª parte

Hola amigos en especial a Victorxvk (este post te lo dedico a ti). Me alegra, reitero, me alegra que tengamos lectores de izquierdas, y que nos escriban de una forma tan visceral, aguerrida y luchadora, eso quiere decir que les duele lo que escribimos.
El motivo de hacer un post en domingo, es que me siento con ganas de escribir (yo si trabajo y no como tu amigo Garzón) y quiero contestar a mi "amigo" victorxvk, al que no conozco personalmente, pero si un día se pasa por la sede de Vicálvaro, estaré encantado de invitar a tomar algo.
Amigo victorxvk, algo de derecho pues si que sé, más que nada porque me dedico a ello, al igual que todos los miembros que componen mi comité ejecutivo (licenciados en derecho, derecho y relaciones laborales, derecho y política y hasta tenemos un ingeniero!!) así que creeme que algo de derecho sí que sé. Por si no te diste cuenta, enlace los artículos que mencioné, con una web (www.noticiasjurídicas.com) para que los que no tienen ni idea de derecho, puedan saber de lo que se habla en la actualidad, ya que es triste defender algo si no se conoce (ya existen muchos borregos, víctimas de la LOGSE, si la LOCE hubiera durado... la cosa hubiera cambiado a mejor, aunque supongo que en esto también discreparás conmigo, ya haré un post, sobre la Ley de educación, sus múltiples reformas y si quieres me llevas la contraria y me defiendes que la LOE es buena). Suponía que tú entre otros no tendríais conocimientos de derecho, así que os lo pongo fácil.
Volviendo al tema de Garzón, que me pierdo; señor Victorxvk, yo no estoy en contra de que se investigue sobre las víctimas del franquismo y donde están enterradas, pero es que dicha competencia la tiene el Tribunal Supremo (a título personal sobre la investigación de familaires desaparecidos, ya que sobre los "delitos franquistas" no se puede investigar). Por tanto a Garzón se le imputa un delito de prevaricación por falta de competencia (se debía haber inhibido).
Segundo, se le imputa otro delito de prevaricación, por investigar "crimines" franquistas (como si la izquierda no los hubiera cometido también durante la Guerra Civil, recordemos que fue una guerra fraticida, en la que todos perdimos, y que mancha la historia de nuestro país, una guerra en la que no habia ni buenos ni malos, todos hicieron burradas) crímines, que no se pueden investigar debido a la Ley de Amnistía General de 1977, firmaba por todos los representantes políticos, incluso por Don Santiago Carrillo (mucho tendría que esconder él de la Guerra Civil, para firmarla y estar de acuerdo con ella, no¿?) por tanto no se pueden investigar dichos hechos, así que por ello le cascan un segundo delito de prevaricación.
Continuamos con un tercer delito de prevaricación el cual es el que menciono, debería de ampliarse a prevaricación en concurso con cohecho (¿te suena el derecho penal?) te vuelvo a escribir los artículos del CP, para que los mires genio, artículos 446 y 419 CP. Ya que huele muy mal lo del Banco Santander, debería haberse inhibido otra vez, de dicho hecho.
Para que veas "amigo" victorxvk, eres tan importante que te contesto en un post. Has cerrado tu comentario con un Viva la República, me gustaría saber que tipo de República, quieres, presidencialista, parlamentarista... Como la de USA, Alemania, Italia, Francia... Ya que existen múltiples modelos de República (es de manual de Derecho Constitucional, sabes algo de derecho, genio¿?)
El próximo día de que quieres que escriba, economía (y hablamos del gran modelo de ZP, Grecia y Portugal; en contraposición a Alemania y Francia), de la Ley de Educación (y vemos lo bien que nos va con las leyes emanadas de la voluntad de la progresía), del modelo de Estado (este sería divertido)... ya me dirás "amigo".
Por cierto, has hablado de las subvenciones a la CEOE, yo a título personal, soy partidario de quitar las subvenciones a sindicatos (los cuales te defienden si eres afiliado), a la patronal, a la Iglesia (y eso que están dando de comer a los parados que deja ZP), a cualquier confesión religiosa... subvenciones a nadie, prefiero inversión en I+D+i.
El próximo día defiende tus ideas con argumentos jurídicos, hechos contrastados... y así tu pasión, no quedará difuminada por tu falta de conocimientos.

Viva España, Viva el Rey y Viva la Constitución!!

5 comentarios:

Unknown dijo...

Querido amigo,

Te noto algo crecido y, al mismo tiempo, molesto, porque alguien ha sabido rebatirte con argumentos (y no con insultos de manera reiterada). Tanto es así que has preferido escribir un post un ¡¡¡DOMINGO!!! En lugar de estar pidiendo perdón por tus muchos e innumerables pecados.

Te voy a pedir varios favores, querido amigo:

(i) Si tanto sabes de Derecho, por favor, demuéstralo. Pero arguméntalo jurídicamente, ahórrate el tono peyorativo y RAZONA, PRUEBA Y EXHIBE todo lo que sabes
(ii) Por favor, piensa antes de escribir. Te recomiendo que te hagas un esquema. Será mucho más ilustrativo para que podamos seguirte.
(iii) ¡¡¡ LO MÁS IMPORTANTE!!! ¡¡¡Cuidado con las faltas de ortografía!!! ¡¡¡Me duelen los ojos!!!

Sigue así, querido amigo, me encanta leer tu blog. Me haces pasar un rato bastante agradable.

Lázaro

Anónimo dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Anónimo dijo...

Bueno bueno …. Jajaja, pero si me has dedicado una entrada para mí solito… XD, muchas gracias.

De que te escribo de forma visceral y aguerrida nada de nada, lo hago con moderación y sin que me salga espuma por la boca, todavía no habéis conseguido crispar a la izquierda; de forma luchadora… tal vez, porque parece que de nuevo la izquierda tiene que luchar contra los escombros del franquismo. Y para nada me duele lo que escribes, simplemente te compadezco.

Pues de verdad Alejandro, si me permites que te tutee, no parece que tengáis esos conocimientos de derecho de los que alardeáis; no seré yo quien os califique, pero vuestros argumentos jurídicos dejan mucho que desear, y siento decirlo, aunque seguramente estáis a tiempo de reparar el error y dedicarle un poco más de tiempo a las asignaturas de Derecho Penal. Yo no tengo mucho conocimiento de derecho, llevas razón, pero si tengo el suficiente para decir que vuestros argumentos para justificar el encausamiento contra Garzón, son muy pobres.

Te explico un poco en que ha consistido la instrucción del señor Garzón: En primer lugar el señor Garzón, ante la demanda de familiares de víctimas desaparecidas durante el franquismo, se declara competente por ser éste un delito de crímenes contra la humanidad. Este delito aún existe ya que en la actualidad se desconoce el paradero de estas personas, y avisó de que no había responsabilidad penal al estar los implicados muertos (a pesar de que alguno aún siga siendo Presidente de Honor de algún partido) por lo que el caso pasaría a los juzgados territoriales. Hasta ahí la entradilla del caso.

Posteriormente el seudosindicato Manos Limpias presentó la querella por prevaricación contra el juez Garzón, y la Sala 2 del TS la admitió a trámite, querella que resultó ser la número 19, este grupo de personas ya había presentado otras 18 contra Garzón y ninguna antes tuvo éxito.

Así pues te expongo que Garzón si es competente en la causa ya que lo que tuvo lugar en 1936 fue un delito contra Altos Organismos de la Nación y la forma de Gobierno, por lo tanto, COMPETENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL.

Luego comentas lo de la Ley de Amnistía. En primer lugar ésta ley fue hecha sólo para amnistiar delitos políticos. Y en segundo lugar, y más importante aún, es que los tribunales internacionales han declarado reiteradamente la perseguibilidad en todo caso de los crímenes contra la humanidad y la falta de validez de las normas de punto final.
Pero te voy a recitar aún más leyes que vienen a decir que los delitos que trató de investigar el juez Garzón para nada quedaron amnistiados.

1. Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, firmado por España el 4 de Octubre de 1979, en cuyo art. 7.2. dice “no se impedirá el juicio o la condena de una persona culpable de una acción o de una omisión que, en el momento de su comisión, constituía delito según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas”

2. Asamblea General de la ONU en 2005. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos. Este texto reconoce a las víctimas el derecho a la reparación adecuada, efectiva y rápida del daño sufrido y a la información sobre las violaciones y los mecanismos de reparación. Esta resolución además obliga a los Estados a establecer procedimientos para que grupos de víctimas puedan presentar demandas de reparación y obtenerla.

3. La Convención Internacional para la Protección contra las Desapariciones Forzadas, suscrita también por España, estipula que “el delito de desaparición forzada no será considerado delito político, delito conexo a un delito político ni delito inspirado en motivos políticos.

Anónimo dijo...

Estas leyes justifican la investigación de estos crímenes. Pero para colmo, en el supuesto de que se pene a Garzón por delito de prevaricación, también se debería condenar a los magistrados que apoyaron la apertura de la causa, entre ellos a los 3 magistrados de la Audiencia Nacional que consideraron que si era competente, y así figura en la causa instruida por Garzón, o los jueces que aprobaron la aperturas de fosas.

Y en todo caso, el hecho de que la Audiencia Nacional sea competente o no de investigar la causa, puede ser una cuestión jurídicamente cuestionable, pero en ningún caso se trata de un delito de prevaricación.

Y ya que me hablas de que Carrillo votó la ley de amnistía, si, la votó, pero sabes quien no la votó???? Pues el fundador de Alianza Popular y actual Presidente de Honor del Partido Popular, Manuel Fraga; casualmente esas personas que en su día se oponían a la ley de Amnistía de 1977 son ahora quienes la enuncian para defenderse.

Luego comentas lo del caso de las facturas de Nueva York. El Banco Santander financió unos cursos del Centro Rey Juan Carlos I de España, que fue quien recabó y gestionó los fondos del patrocinio; además que este centro el que asumió los gastos relacionados con la escolarización de la hija de Garzón y con los desplazamientos de este, y en ningún caso fue el Santander. El juez Garzón declaró los ingresos derivados de los cursos a Hacienda, honorarios que corrieron a cargo del Centro de Derecho y Seguridad de la Universidad, como así consta en la Cuenta de Resultados de dicha institución.

Pero te voy a contar más, resulta que esta causa ya fue archivada en su día por el Tribunal Supremo. En cuanto a la querella que luego Garzón archivó con respecto a Emilio Botín. Pero lo que no dice el TS es que sabe muy bien de qué querella están hablando; si, de esa que acusa al señor Botín de fraude fiscal, proceso en el que Garzón no tuvo nada que ver. La querella que rechazó Garzón contó además con la conformidad del fiscal, y posteriormente fue ratificada dicho archivo por la Audiencia Nacional que respaldó íntegramente la argumentación de Garzón.

Y el TS sabía muy bien que querella era porque en 2007 dictaron una sentencia que confirmaba la anterior de la Audiencia Nacional, y que creó una doctrina nunca vista que es la de que no se puede abrir juicio por no haber acusación particular ni por parte del Ministerio Fiscal y estar sustentado el caso en las acusaciones populares.

PERO.... QUE INCONGRUENCIA!!! JUSTO LO MISMO QUE OCURRE AHORA CON GARZÓN en los crímenes del franquismo, donde no hay acusación particular, la Fiscalía pide el archivo, y sólo existe acusación popular… y sin embargo ahora no conviene aplicar la conocida como “Doctrina Botín”

Si, he terminado diciendo Viva la República, y tú me preguntas, que tipo de República quiero…. Pues eso mismo quiero yo, que me pregunten qué modelo de Estado quiero.

El próximo día quiero hablar…. No sé… podemos hablar de espionaje político, podemos hablar de financiación a través de Fundaciones, podemos hablar también de economía y de cómo el modelo neoliberal nos ha metido en la actual crisis económica, o podemos hablar del Ayuntamiento con más deuda de EUROPA!!! Siiiii, el Ayuntamiento de Madrid.

Espero que ahora no me reproches que no he argumentado mis comentarios con argumentos jurídicos, porque a diferencia de lo que has hecho tu, que te has limitado a exponer el número del artículo que refleja la prevaricación y el cohecho, te he argumentado por qué ambos delitos no pueden ser atribuidos al juez Garzón.

Muchas gracias por darme la oportunidad de mantener el debate sobre este tema tan interesante y sobre todo por dedicarme un post exclusivo.

PD: Soy de Vicálvaro, supongo que tu también serás de Vicálvaro no?

NNGG Vicálvaro dijo...

Pues no, Victor!! Me dejas tan igual, Aludes a la justicia Universal, cuando esta no forma parte del derecho positivo (aunque le duela a Garzón que es su mayor defensor)recordemos que en España, Europa y básicamente en el mundo occidental, impera el derecho positivo, el iusnaturalismo, no es aplicable. Por ello yo te puse a ti y al resto de personas, los artículos del CP, que sí forman parte del derecho positivo. Por cierto sí soy de Vicálvaro y con tradición familiar en este distrito

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